La Ley 100 de 1993 estableció la estructura
de la Seguridad Social en el país, la cual consta de tres
componentes como son:
- El
Régimen de Pensiones
- Atención
en Salud
- Sistema
General de Riesgos Profesionales.
Cada uno de los anteriores componentes tiene su propia
legislación y sus propios entes ejecutores y fiscales para su desarrollo.
En el caso específico del Sistema de Riesgos
Profesionales, existe un conjunto de normas y procedimientos destinados a
prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las
enfermedades profesionales y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o
como consecuencia del trabajo que desarrollan, además de mantener la vigilancia
para el estricto cumplimiento de la normatividad en Salud Ocupacional.
El pilar de esta Legislación es el Decreto Ley 1295
de 1994, cuyos objetivos buscan establecer las actividades de promoción
y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los
trabajadores, fijar las prestaciones de atención en salud y las prestaciones
económicas derivadas de las contingencias de los accidentes de trabajo y
enfermedad profesional, vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de la
Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de administración de Salud
Ocupacional a través de las ARP.
Particularmente, el Decreto 1295 en su Artículo 21
Literal D, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y controlar el
cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en la empresa y su
financiación. En el Artículo 22 Literal D, obliga a los
trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de
Salud Ocupacional de las empresas.
En la Resolución 001016 de 1989 en el Artículo 4 y
Paragráfo 1, se obliga a los empleadores a contar con un programa de Salud
Ocupacional, específico y particular, de conformidad con sus riesgos
potenciales y reales y el número de los trabajadores. También obliga a los
empleadores a destinar los recursos humanos financieros y físicos,
indispensables para el desarrollo y cumplimiento del programa de Salud
Ocupacional, de acuerdo a la severidad de los riesgos y el número de
trabajadores expuestos. Igualmente los programas de Salud Ocupacional tienen la
obligación de supervisar las normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y
en particular, en cada centro de trabajo.
Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se hace
necesario que los programas de Salud Ocupacional sean entes autónomos, que
dependan directamente de una unidad Staff de la empresa, para permitir una
mejor vigilancia y supervisión en el cumplimiento de cada una de las normas
emanadas de la Legislación de Salud Ocupacional.
De acuerdo a estos parámetros, la Universidad del Valle
cuenta con la Sección de Salud Ocupacional adscrita a la Vicerrectoria de
Bienestar Universitario, siendo consecuente con lo estipulado en el artículo
127 del Capítulo III Ley 30 de 1992 o Ley General de Educación, que
obliga a las instituciones de Educación Superior, a contar con un modelo de
Bienestar Universitario, que a través de sus entes administrativos, vele por el
bienestar físico, psicoafectivo, espiritual, social y ambiental laboral, de
estudiantes docentes y funcionarios que componen la comunidad universitaria.
.
A continuación se describen los principales Decretos y
Resoluciones que reglamentan la Salud Ocupacional en Colombia:
- Ley 9a. De 1979, es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia
- Resolución 2400 de 1979, conocida como el "Estatuto General de Seguridad".
- Decreto
614 de 1984, que crea las bases para la organización y administración
de la Salud Ocupacional.
- Resolución
2013 de 1986, que establece la creación y funcionamiento de los
Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas.
- Resolución
1016 de 1989, que establece el funcionamiento de los Programas de
Salud Ocupacional en las empresas.
- Decreto
1295 de 1994, que establece la afiliación de los funcionarios a una
entidad Aseguradora en Riesgos Profesionales (ARP).
- Decreto1346
de 1994, por el cual se reglamenta la integración, la financiación y
el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.
- Decreto
1772 de 1994, por el cual se reglamenta la afiliación y las
cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
- Decreto
1832 de 1994, por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades
Profesionales.
- Decreto
1834 de 1994, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo
Nacional de Riesgos Profesionales.
- Ley
1562 de 2012 Riesgos laborales. Crea el programa de gestion de
Seguridad y Salud Ocupacional: en lo sucesivo se entenderá
como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
- RESOLUCION 1409 DE 2012. Crea el reglamento de seguridad para trabajo en alturas.
- Cumplir
con la legislación laboral más que una cuestión legal es una cuestión
moral.